Ranos 54-55
Ranos 54-55

FUENTE DE PIEDRA

Aventuras y desventuras de la Laguna Salada (IV)

1870-1880.-  De pleito en pleito

 

         Respecto de los municipios vecinos, el término municipal de Fuente de Piedra podemos decir que es relativamente grande. Su corazón lo ocupa la Laguna Salada y supone aproximadamente una sexta parte del término villafontense. Siendo su propietario el Estado, a él correspondía pagar el impuesto territorial. Ahora bien, con motivo de la concesión para la desecación de la Laguna y explotación de la sal hecha a la Société civile française des Terrains et Salines de Fuente-Piedra, la situación fiscal cambió y aquí se iniciaba otra problemática.

         Si tenemos en cuenta que casi la mitad (47%) del importe total de los impuestos recaudados en el municipio correspondía a lo recaudado por territorial, y la sexta parte de su territorio lo ocupaba la Laguna, nos podemos hacer una idea del importe que por ella se ingresaba.

         El primer año, aunque a regañadientes, la compañía pagó su parte, aunque no el Estado, al que hubo que reclamársela. Los siete alcaldes villafontenses que durante todo este período de tiempo (1870-1880) gobernaron el pueblo se mantuvieron firmes, no intimidándose ante las quejas y presiones que desde altas instancias se formulaban, entre ellas la del consulado francés que buscaba  satisfacer las pretensiones de sus súbditos.  De este modo, en 1875 se empezó a librar una lucha jurídica entre la compañía concesionaria de la explotación de la sal y el Ayuntamiento que tardaría años en resolverse.

         Cronológicamente, los alcaldes que salieron al paso en este asunto fueron D. Juan Jiménez Ruiz, D. Juan Fernández Pachón, D. Juan Pachón Fernández, D. Juan Espinosa Villalobo, D. Francisco Montero Guerrero, D. Francisco Calle Ruiz y D. Ramón Díaz Borrego. Siete alcaldes que estuvieron al frente del gobierno municipal en una década caracterizada por continuos cambios políticos.

Para evitar problemas con el país vecinos se había dictado orden de paralizar todo procedimiento que para el cobro se hubiese puesto en marcha hasta tanto se aclarase la situación. Paralizar el importe a recaudar, que como hemos dicho suponía un porcentaje considerable sobre la recaudación total del municipio, alertó a la Corporación que no tardó en poner sobre la mesa incontestables fundamentos para recuperar la justa cuota que se aplicaba como impuesto a la Laguna Salada.

En este tira y afloja, tras un estudio minucioso de la situación se dictó sentencia, entendiendo que existían dos entidades en La Laguna Salada, una concesionaria para la realización de las obras conducentes al saneamiento de los terrenos, a la que se consideró justo respetar los privilegios que la ley marcaba (exención del pago de impuestos durante 10 años) y, otra que, consecuencia de un arrendamiento hecho al Estado, se dedicaba a la extracción de las sales, las cuales les reportaba grandes beneficios y, en consecuencia, estaba obligada al pago del impuesto municipal. Se añadía que examinada las condiciones de la concesión no quedaba reflejada el permiso para aprovechar las sales de la Laguna, las cuales pertenecían al Estado, y que dicho derecho lo adquirió después, por el que había de abonar 24.000 pesetas anuales. En un intento por dejar el tema zanjado, se estimó que la empresa gala debía abonar 4.200 pesetas de impuesto correspondiente al ejercicio económico 1874-75.

Pero la Société alegaba que no podía abonar dicho importe porque la compañía sufría pérdidas. El Ayuntamiento no se doblegó y se procedió al embargo de las sales que la compañía poseía. D. Antonio Etienne pidió autorización para enajenar las mismas e ingresar el importe en la  Hacienda Pública, pero el alcalde, que conocía el terreno, pues llovía sobre mojado, no se dejó convencer y el Juzgado de Antequera hizo oídos sordos a la petición del francés. Ante la insistencia de la autoridad malagueña de buscar una salida a la situación, se acordó que se procedería al levantamiento del embargo, siempre y cuando quedasen satisfechas las cantidades que la compañía adeudaba al erario público, y así se hizo.

¿Asunto resuelto? No, al año siguiente, en 1876, vuelta a las andadas. Se volvía a embargar las sales a los galos hasta no se saldaran los 8.000 reales que mensualmente tenía que pagar. El nuevo administrador de la Société, D. Victoriano Quintana no solo no pagaba, llegaba más allá; insistía en que le fuese declarada libre de todo impuesto la sociedad que representaba y exigía que se le devolviese el dinero que hasta la fecha había tributado. El tribunal sentenció en contra y D. Victoriano presentó recurso de alzada, alegando la poca productividad de sal en los distintos años impositivos, consiguiendo que de todos los impuestos hasta entonces abonados, tras un estudio metódico de los datos aportados por D. Antonio Etienne, le fuesen devueltas 1.675 pesetas y no las 4.175.04 ptas. reclamadas por el litigante.

Tras otros incidentes menores, en 1880 la sociedad francesa se declaraba en quiebra. La empresa salía a subasta y al acecho estaban un terrateniente del pueblo y otros accionistas que no tardarían en aprovechar de inmediato la situación para adquirirla. Los detalles del desarrollo de la desaparición de la Société civile française des Terrains et Salines de Fuente-Piedra, y la creación de la nueva compañía que la sustituiría lo dejamos para otro momento.

Francisco Muñoz Hidalgo

 

 

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