FUENTE DE PIEDRA
De Pedanía a Municipio
1
LA SEGREGACION DE FUENTE DE PIEDRA
DE ANTEQUERA
Determinar con exactitud los límites del territorium que conformaba el recién nacido pueblo tras segregarse de Antequera, fue tarea ardua y duradera. En este capítulo veremos cómo se fue dibujando el mapa territorial del municipio de forma definitiva a lo largo del siglo XIX y los factores que influyeron en su trazado.
Fuente de Piedra inicia el proceso de segregación de Antequera en 1820, en plena época romántica. Un año cargado de hechos transcendentales: levantamiento independentista de las colonias americanas, sublevación del general Riego en Cádiz, juramento ante la Constitución de Fernando VII, inicio del Trienio Liberal, desecación y saneamiento de la Plaza del Prado, construcción de nueva fábrica de la fuente pública, etc. Todo ello contribuye a propiciar la segregación de Fuente de Piedra de Antequera. Como apunta la historiadora Mercedes Fernández Paradas:
«[…] En definitiva, el caldo de cultivo para la Segregación era fecundo. En el momento en el que se debilitó el control político tanto del Estado como del municipio sobre el territorio como consecuencia de la invasión francesa, unida a una mayor propensión por parte de los liberales a conceder la independencia a las aldeas que cumpliesen determinados requisitos, las pueblas no dudaron en aprovechar esta situación para declarar su independencia».[1]
A estas causas naturales que impulsaban la segregación, en el caso de Fuente de Piedra hay que añadir las extraordinarias. Entre ellas, el sentir de la población esos años en torno a 1820 y la actitud tomada a partir de entonces ante los graves daños sufridos en la segunda mitad del siglo XVIII y las dos primeras décadas del XIX provocados por las terribles epidemias que pusieron al borde de la extinción a sus morado-res y la pasividad del Consistorio antequerano ante tan grave problema.
Indudablemente, las epidemias se propagaron con más intensidad y rapidez favorecidas por el estancamiento de las aguas de la Fuente de la Piedra en toda la extensión del Prado, hoy Plaza de la Constitución. En otra parte decíamos que en 1791 varios regidores antequeranos alertaban de la crítica situación por la que pasaba el arrabal. Y también decíamos que a pesar del conocimiento que el Ayuntamiento de Antequera tenía de tan grave problema, se desentendió del asunto durante más de tres décadas. Hubo que esperar a 1818 para que se reconstruyera el pilar de la Fuente de la Piedra, se evacuaran las aguas estancadas y se saneara la zona. Y lo más lamentable es que la decisión no llegó atendiendo a su gravedad, sino que se anexó[2] al expediente instruido para dar cumplimiento a ciertas instrucciones reales que obligaban a la construcción de un edificio para el Pósito, donde se debía custodiar el grano para atender la sementera en años de malas cosechas o necesidad de los agricultores —a su entender de forma más eficaz que hasta ese momento se venía haciendo, cuestión que ponemos en duda—. El edificio levantado donde se ubicó el Pósito será conocido a partir de entonces como Casa Panera.[3]
Al hilo de lo que decimos, un año después de saneado El Prado y levantada la Fuente de la Piedra, en 1818, se mandó esculpir una lápida conmemorativa que reflejaba lo ocurrido. En ella no hay mención alguna a la ciudad de Antequera,[4] a diferencia de las reparaciones anteriores en las que figura el nombre del corregidor y la ciudad.[5] Por el contrario, si quedó inscrito el agradecimiento al obispo malacitano D. Alonso Cañedo y Vigil, que hizo posible la obra gracias a su intervención.
En 1789 se había presupuestado el levantamiento de la fuente y el saneamiento y desagüe del Prado en 8000 reales de vellón. Tres décadas más tarde, realizadas las obras, fueron sufragadas por el obispado de Málaga. Antequera se limitó a «permitir» que al haber quedado tan reducida la población por las epidemias, 302 fanegas y 9 celemines de trigo que se estimaban sobrantes en el Pósito de Fuente de Piedra fuesen vendidas al mejor precio para sufragar las obras, siendo, por tanto, los vecinos los que afrontaban dicho costo. El Concejo antequerano advertía que si por algún motivo el importe de la venta de ese trigo sobrante no alcanzaba para abonar lo presupuestado, se paralizasen las obras;[6] cosa que terminó sucediendo, demorándose la solución sin perspectiva de solución hasta que el obispo Cañedo, consciente de la situación, aborda el problema y le da inmediata solución.
Por tanto, el ser un arrabal dependiente de Antequera era un lastre, pues había determinado que las obras de desagüe y saneamiento se demorasen tres décadas, a pesar de las consecuencias que de tan grave problema se venían derivando. Problema que nunca se acometió debido a que sólo afectaba a una de sus aldeas: Fuente de Piedra. Sin embargo, aun sufragando dicha obra los propios villafontenses, Antequera se limitó a prohibir la ejecución de las mismas y demorar la solución hasta que lo estimó oportuno, a pesar de no suponerle coste alguno a sus arcas municipales y sí un elevado número de víctimas al arrabal.
En estas circunstancias es lógico pensar que los moradores de Fuente de Piedra no estuviesen dispuestos a esperar pacientemente la respuesta, tardía e injusta, de un Concejo, distante tres leguas, que se desentendía de los problemas que lo acuciaban. Así las cosas, Fuente de Piedra decide ser ella misma quien resuelva sus problemas en la forma y en el momento más conveniente, no permitiendo que decisiones de esta índole se dilatasen en el tiempo con tan nefastas consecuencias, pues llevó casi al total exterminio del vecindario ante la pasividad de sus entonces gobernantes. Y es muy posible que este fuese, si no el más importante, si uno de los detonantes que impulsaron a Fuente de Piedra a iniciar su segregación de Antequera, a la que siguieron más tarde otros pueblos de la comarca.
El proceso segregacionista llevó su tiempo y tuvo avances y retrocesos provocados por los distintos momentos políticos que se sucedieron en los quince años (1820-1835), que duraría el proceso.
Aunque Fuente de Piedra no aprovechó la primera oportunidad que se presentó en 1812, cuando las Cortes de Cádiz iniciaron el período constitucional español aboliendo privilegios estamentales, pues el pueblo, sin apenas vecinos por la epidemia de malaria que venía aquejándolo, tenía otros problemas más relevantes que atender. No obstante, el arrabal cumplía sobradamente lo exigido en la normativa desarrollada, pues dos meses más tarde de la promulgación de «La Pepa», el 23 de mayo, un Decreto reconoce como municipio a «una entidad natural e individualizada ante la ley», creándose así el marco para que se constituyeran Ayuntamientos en muchas localidades. Fuente de Piedra podía haber sido una de ellas.
La normativa desarrollada disponía en su artículo 310:
«… se pondrá Ayuntamiento en los pueblos que no le tengan, y en que convenga le haya, no pudiendo dejar de haberle en los que por sí o con su comarca lleguen a 1.000 almas, y también se les señalará término correspondiente».
En este sentido, Fuente de Piedra tiene en esos momentos una población mínima debido a las epidemias de malaria, que habían diezmado la población, dejándola en mínimos. Sin embargo, el desarrollo de ese artículo 310 establecía que, aunque no se reuniese el millar de habitantes, se podía solicitar la formación de municipio, siempre que se tuviese la riqueza suficiente para afrontar los gastos derivados de la vida municipal.
Decíamos más arriba que Fuente de Piedra no aprovechó esta oportunidad. Tampoco supuso una gran pérdida, pues aquel Decreto de 1812 sería anulado dos años más tarde por Fernando VII a su regreso a España al instaurar de nuevo el absolutismo, suprimiendo mediante Real Cédula de 30 de julio de 1814 los Ayuntamientos que habían surgido a raíz de las disposiciones emanadas de las Cortes de Cádiz.
Será en 1820 cuando se presente la segunda oportunidad y Fuente de Piedra se sume a los arrabales que aspiran a conseguir su segregación. Allanado el camino, desecado el Prado y levantada junto al manantial la Fuente de la Piedra, en 1820, el municipio iniciará su proceso segregacionista. Será bajo el llamado Trienio Liberal (1820-1823), cuando se restaurarán los Ayuntamientos constitucionales y Fuente de Piedra se incorpore a ellos e inicie el proceso de segregación, que contará con la reticencia antequerana, pues el territorio villafontense era una dehesa, o sea, una zona de pasto para el ganado de la que se venía sirviendo la ciudad.
Al año siguiente, en 1821, ya se había señalado los límites del término municipal, como en su momento había establecido la normativa. Pero poco durará esta situación pues, en 1823, con la llegada de los Cien Mil hijos de San Luis, se restablece de nuevo el absolutismo y se vuelve al punto de partida, pues fueron anuladas, igualmente, las acciones emprendidas durante esos tres años. Sin embargo, ese primer deslinde será el que sirva de base para determinar con más exactitud los límites municipales cuando sea retomado el tema tras la muerte del soberano y la segregación se haga definitivamente efectiva.
Fernando VII muere en 1833 y no observamos cambio alguno en los documentos hasta dos años más tarde. En 1835, en las actas capitulares, encabezando los componentes del gobierno municipal, ya se nombra al máximo edil como Alcalde Real, pasando al año siguiente, o sea, en 1836, a la denominación de Alcalde Constitucional, por lo que se puede decir que la segregación de Fuente de Piedra de la ciudad de Antequera se inicia en 1820, pero no se alcanzará la plena independencia municipal hasta mediados de 1835, cuando entre en vigor el Real Decreto de 24 de julio de ese año, en el que queda establecida la organización de los nuevos Ayuntamientos.
El documento más antiguo que se conserva en el archivo municipal se remonta a 1823, si prescindimos de una copia del catastro de 1770, extraída del Archivo Municipal de Antequera, referente a los moradores del Lugar de Fuente de Piedra.
La doctora Dª Mercedes Fernández Paradas, nos dice al respecto:
«A modo de hipótesis, lo ocurrido con Fuente de Piedra en los años veinte del ochocientos puede mostrarnos como fueron las relaciones de Antequera respecto de sus antaño aldeas, incluida Humilladero. Empero, es posible que por parte de las autoridades Antequeranas e incluso estatales hubiese posteriormente períodos en los que no reconociesen la segregación de esta y otras poblaciones del término de Antequera. Esta hipótesis parece confirmarse si tenemos en cuenta que todavía en el año 1829, el cabildo municipal antequerano afirmaba que los moradores de Cuevas Bajas, Mollina, Humilladero y Fuente de Piedra eran vecinos de Antequera, argumentando que esas poblaciones eran arrabales. Al menos desde finales de los años treinta del ochocientos hay constancia documental de que la corporación municipal antequerana modificó su actitud respecto de sus antiguas aldeas, ya de manera definitiva, recibiendo en varias ocasiones a representantes de Bobadilla, Villanueva de Cauche, Mollina, Fuente de Piedra y Humilladero. Y, por tanto, reconociendo la legitimidad de sus respectivos ayuntamientos”.[7]
En este contexto leemos en un acta de 1829 como el Consistorio villafontense confecciona el Presupuesto Municipal para dicho año, haciendo constar que no dispone de Bienes de Propios y, en consecuencia, el importe final destinado a atender las necesidades de la aldea es recaudado mediante reparto vecinal. En la citada acta no se hace alusión a alcaldes pedáneos, sino 1º y 2º alcalde, con la participación de un tercer edil, el síndico personero, y dando fe de lo acordado, un secretario, que tramita los acuerdos con el Intendente General de Bienes de Propios de la Provincia, o sea, de Málaga y no con los recaudadores antequeranos, según se venía haciendo y queda reflejado en actas anteriores. En el acta de 1823 se rinde cuentas a Antequera (como arrabal dependiente), pues el gastos del municipio y su distribución ya le venían marcados. Seis años más tarde, en 1829, es el propio Consistorio villafontense quien establece las acciones prioritarias a acometer, el costo de cada una de ellas y es quien propone a la autoridad malagueña la cuantía de recaudación vecinal para cada uno de los ramos motivo de gravamen, según se detalla en dicha acta.[8]
Al avanzar en el tiempo, el título de los cargos municipales va cambiando, y también lo hace el número de miembros que componen la Corporación. Así, en 1836, leemos:
«En la población de Fuente de Piedra en doce de Marzo de mil ochocientos treinta y seis reunidos en Junta los Señores que componen su Justicia y Ayuntamiento, a saber, Dn José de Rojas, Alcalde Real, Dn Pedro León, Procurador del Común, Dn Juan Fernández Velasco Regidor 1º y Dn José Rosales 2º por ante mí el Secretario dijeron [… ]».[9]
Un año más tarde, las actas añaden al título de Alcalde el complemento Constitucional.[10]
La segregación de Fuente de Piedra contó con la lógica reticencia antequerana que veía reducirse su jurisdicción con esta segregación y la de otras pedanías que la secundaron más tarde. Tanto es así que a mediados del siglo XIX Antequera había perdido una quinta parte de su territorio.
En cuanto al proceso de separación, no supuso una ruptura inmediata de desconexión de los servicios, sino que fueron independizándose de forma paulatina en los años suce-sivos, y no todos, pues siguieron dependiendo de Antequera la cárcel o la administración de la justicia. El acta más antigua que se conserva en el archivo municipal se remonta a 1823, llega de Antequera y trata:
«[sic] del cupo que le había correspondido en unión con sus Pueblos anexos de Mollina, Cuevas Bajas, Humilladero y Fuente de Piedra por las Contribuciones de Pajas y Utensilios[11] de los seis últimos meses del corriente año […] Remítome a lo relativo e inserto, al expediente formado en el Juzgado del Señor. Corregidores de esta Ciudad y por la Excma. de Govierno [sic] que despacho, sobre la ejecución de este servicio. Y para que sirva de credencial a las Justicias del Pueblo de Fuente de Piedra y puedan proceder al Repartimiento de la cantidad que le ha cavido [sic] a dicho Puebla en la presente Contribución, produzco el presente con arreglo a lo mandado en la Ciudad de Antequera a veinte y cuatro de Noviembre de mil ochocientos veinte y tres» [sigue firma].
En un acta capitular de 1828 se da detalle de los Señores que componen la Junta Municipal, especificando los nombres del alcalde primero, alcalde segundo y regidor síndico, además del secretario. Empieza:
«En la Población de Fuente de Piedra, en veinte y dos días del mes de Marzo de mil ochocientos veinte y ocho: Reunidos los Señores que componen su Junta y Ayuntamiento, a saber D. Juan Fernández Velasco y D. Juan Pachón Ruiz Alcaldes primero y segundo. D. Francisco Villalobos Solís Regidor Síndico, con presencia de mí, el fiel de fechos.[12] Dichos señores acordaron […]»[13]
Con la segregación, las tierras públicas que quedaban en la jurisdicción villafontense debían ser administradas por el naciente municipio, salvo La Laguna Salada que seguía en poder de la Corona desde 1711, asunto que ya hemos tratado. También decíamos que otras tierras públicas habían sido usurpadas o roturadas y con todo, salvo en contadas ocasiones, el Ayuntamiento antequerano no expulsó a los detentadores de los terrenos roturados de forma ilegal y arbitraria debido a varios factores, entre ellos la inestabilidad política del momento, la decadencia de la ganadería, el aumento y presión demográfica y lo más importante, la aparición de una normativa (decretos de 29 de junio de 1832 y 13 de mayo de 1837) que ordenaba «[…] no se inquietase en la posesión siempre que las tierras roturadas se hubiesen mejorado».
Allanado el camino con estos decretos, se llegó a la formación de 62 expedientes, abiertos sobre tierras públicas roturadas, de los que dimos cuenta páginas atrás.
De este modo, las posibles tierras de propios dejaron de serlo, y la Corporación municipal, con motivo de la desamortización de Pascual Madoz en 1855, contestaba a la petición de la autoridad malagueña que no poseía tierras de esta índole, ya que:
«[…] las que no pertenecen ahora a particulares son propiedad del Estado».
En esta situación se encontraba La Laguna Salada, o sea, de propiedad estatal.
Salvadas las incidencias de tierras ubicadas en el corazón del término jurisdiccional villafontense, los problemas del trazado de sus límites con los términos municipales vecinos planteaba una nueva lucha por la «… convalidación de las divisorias municipales señaladas en 1821», con los pueblos colindantes de Humilladero, Antequera, Sierra de Yeguas y el sevillano de La Roda de Andalucía. Ratificar esas lindes provocará más de un conflicto, como veremos en próximos capítulos.
Fragmento de Historia Temática Villafontense
Capítulo.- De Pedanía a Municipio:
La segregación de Fuente de Piedra de Antequera
y la formación del término municipal
Francisco Muñoz Hidalgo
(Obra en composición)
[1] FERNÁNDEZ PARADAS, M. «Antequera y el nacimiento del municipio de Humilladero» en I Jornadas de historia local de Humilladero y su comarca. Málaga: CEMAD, 2008. pp. 134-135
[2] Sobre este particular puede consultarse el Anexo N.º 5 (Tomo IV).
[3] Sobre el Pósito puede consultarse el capítulo a él dedicado en el bloque temático Lugares con Historia.
[4] Tampoco hubo motivo para ello, pues en este asunto más que ayudar dificultó la solución del problema.
[5] En 1560, a trece años del nacimiento del pueblo, la ciudad de Antequera hizo una reparación en el pilar del manantial medicinal dejando constancia de ellos en una inscripción que decía: ESTA OBRA MANDO HACER LA CIUDAD DE ANTEQUERA SIENDO CORREGIDOR EL ILUSTRE SEÑOR D. FRANCISCO COELLO, AÑO MDLX.
[6] Exactamente la instrucción dice: «[sic] Las trescientas dos fanegas y nueve zelemines de trigo existentes, si los Labradores no las nece-sitasen desde ahora hasta la cosecha próxima se venderan Vms a el mayor precio que pudieren, a fin de que con su importe se costee la expresada obra, pero de lo contrario se mantendrán suspendiendo aquella a mejor ocasión”.
[7] FERNÁNDEZ PARADAS, M : Actas de las I Jornadas de historia local de Humilladero y la comarca Málaga: CEDMA, 2008, p. 131.
[8] Para conocer en detalle véase el Anexo N.º 45 en el que transcribimos dicha acta, a pesar de encontrarse muy contaminada por hongos y perdido un elevado porcentaje de la información que recogía.
[9] AMFP. A.C. de 12 de marzo de 1836.
[10] Ibídem, 20 de febrero de 1837.
[11] El impuesto de Pajas y Utensilios sería posteriormente unificado en lo que conocemos como Contribución Urbana y Rústica. Nació para atender los gastos ocasionados por el alojamiento de las tropas y la paja que consumía la caballería, muy común en un tiempo y país en guerra que provocaba continuos desplazamientos, recayendo el gasto de su alojamiento en aquellos pueblos por los que pasaban.
[12] El «fiel de fechos» (fiel de hechos) era siglos atrás la persona habilitada en las aldeas o municipios pequeños para hacer la función de contable, alguacil o, como en este caso, de escribano público al carecer de secretario municipal. En resumen una especie de fedatario o testigo de lo escrito en los documentos oficiales.
[13] AMFP. Doc. Varios. Año 1828. Carpeta: Repartimiento de la Contribución de Encabezamiento de Rentas Provinciales de esta Población de Fuente de Piedra Año 1828.
Exmo. y Rvdmo. Sr. D. Alonso Cañedo y Vigil, obispo de Málaga, a quien Fuente de Piedra debe el saneamiento del Prado y levantamiento de la fábrica de la «Fuente de la Piedra» cuando las epidemias pusieron el arrabal al borde de la extinción.